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¡Enseñales HOY, lo divertido de ahorrar para el MAÑANA!
Es aquella cuenta cuyo titular no ha cumplido la mayoría de edad, y por tanto, es manejada por la persona que ha
adquirido la patria potestad del menor o su tutoría. Si el menor alcanza los 16 años, deberá presentar su cédula de menor, sin embargo, sólo podrá manejar esta cuenta, cuando cumpla la mayoría de edad a los 18 años, tal como lo establecen nuestras leyes vigentes. |