REQUISITOS

Para formalizar solicitud de préstamos para la compra de vivienda o apartamento (Compañía):

 
- Ser socio ahorrante, con una Cuenta de Ahorros, con el 1.5% del monto a solicitar.
 
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Certificado de Título.
 
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Certificación de cargas y gravámenes, expedida por el Registro de Títulos correspondiente, o Ayuntamiento.
 
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Contrato de Arrendamiento Especial, legalizado por un Notario. (Lo suministra el Ayuntamiento Municipal).
 
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Un juego de Planos, aprobados por Obras Públicas.
 
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Referencias de Créditos.
 
- Estatutos en Condominio, si es apartamento.
 
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Tarjeta de inspección final de la Secretaria de Obras Públicas, si la construcción es reciente.
 
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Estatutos de la Compañía.
 
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Relación de los accionistas y Acta de la Asamblea, donde autoricen a tomar el préstamo y designen su representante, debidamente sellada y legalizada, registrada en la Cámara de Comercio y copia documentos de identidad del representante.
 
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Deberá presentar Estados Financieros comparativos realizados por un CPA (Contador Público Autorizado) incluyendo los cuatro Estados Básicos (Balance General, Estado de Resultado, Flujo de Efectivo y Estado de Patrimonio). Si el Préstamo alcanza los RD$10,000,000.00, es obligatorio que el Estado Financiero esté realizado por una Firma de Auditores deben ser comparativos y contenido los cuatro estados antes mencionados.
 
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Copia de la Declaración Jurada de impuesto sobre la renta del último año.
 
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Tasación realizada por un tasador autorizado por la Superintendencia de Bancos.
 
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Número del Registro Nacional del Contribuyente (RNC). Copia Carnet.
 
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Registro Mercantil (Ley 3-02) y Registro Industrial expedido por la dirección de Industria y Comercio.
 
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Constancia de pago impuesto de viviendas suntuarias y solares no edificados o certificación de Exoneración (lo suministra la oficina de Impuestos Internos donde este ubicado el inmueble).
 

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Si el vendedor es una compañía deben presentar el acta de la asamblea donde autoricen a un representante, debidamente sellada y legalizada y copia de la cédula del mismo.
 
 
Nota
Los gastos de cierre, deben ser pagados a la firma del contrato del préstamo.
 
 
 
 
 
 
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